1.
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Firmar el acuerdo de adhesión a la agrupación de empresas
de SECAP-CM. |
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2. |
Identificación y alta en el sistema de la Fundación Tripartita.
Calculo del crédito. |
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3. |
Diseñar su plan de formación en colaboración con SECAP
o inscribir a los trabajadores en los cursos. Dicho comunicado
se deberá hacer con 15 días de antelación al inicio del
curso. |
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En el caso de que sus trabajadores, deseen realizar
acciones formativas que ofrezcan otras entidades impartidoras,
SECAP sigue realizando la gestión y tramitación de sus
bonificaciones, siendo en este caso necesaria la comunicación
con 20 días de antelación al inicio de la misma.
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4. |
Comunicación a la representación legal de los trabajadores. |
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5. |
Comunicación del inicio de la formación a la Fundación
Tripartita |
6. |
Antes de comenzar la acción formativa, la empresa debe
desembolsar el importe de dicha acción. Este importe le
vendrá deducido en la cotización del mes siguiente a la
finalización del curso. |
7. |
Desarrollo de la formación. |
8. |
Evaluación de la calidad de la formación. |
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9. |
Comunicación de la finalización de la formación a la Fundación
Tripartita y aplicación de las bonificaciones. |
10. |
Conciliación del crédito. Al mes siguiente de finalizar
la acción formativa, con el siguiente TC1, la Seguridad
Social le cobrará de menos a la empresa el importe bonificado
del curso. |
11. |
El alumnado recibirá un certificado oficial de participación
emitido por la Fundación Tripartita, homologado por el
Ministerio. |
12. |
Para causar baja en el convenio de adhesión, se ha de
firmar dicho documento. |
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